Calcular indemnización por despido fácil y rápido

Pensar que todas las indemnizaciones por despido son iguales es un error. Si te echan en 2026, la indemnización por despido depende de la fecha de tu contrato, de los años trabajados y del salario. Además, la cifra final puede ser mucho más baja de lo que imaginas, incluso aunque lleves toda la vida en la empresa.

Despido objetivo o disciplinario: dos cálculos, no uno

La indemnización por despido no es igual para todos. Hay dos grandes fórmulas: 33 días por año trabajado y 45 días. Sin embargo, no siempre eliges la que más te beneficia. Depende de cuándo firmaste el contrato. El truco está en los contratos antiguos: llevan doble tramo. Si tu contrato empezó antes del 12 de febrero de 2012, hay que calcular por separado los años hasta esa fecha (45 días) y los posteriores (33 días). Si es posterior, solo cuentas con los 33 días.

Además, la indemnización por despido solo se cobra si es improcedente o por causas objetivas. Si el despido es disciplinario y te lo reconocen procedente, no hay indemnización. Y si es por finalización de contrato temporal, toca menos: 12 días por año.

En resumen, la clave está en cuándo firmaste y por qué te despiden. Por eso, dos compañeros con el mismo puesto pueden cobrar cantidades totalmente diferentes.

Indemnización por despido: cómo se calcula en la práctica

Olvídate de fórmulas genéricas. La indemnización por despido se calcula sumando los días por año trabajado según el tramo, multiplicando por los años efectivos y por el salario diario. Por ejemplo, si ganabas 1.800 euros al mes en 14 pagas, tu salario anual son 25.200 euros. El salario diario sale a 69,04 euros (25.200 / 365).

No se paga lo mismo por un año trabajado en 2011 que en 2023. Por eso, el BOE obliga a hacer el cálculo por tramos (Estatuto de los Trabajadores). Es decir, hasta el 12 de febrero de 2012 cuentas a 45 días por año; después, a 33 días. Y ojo: hay tope máximo, aunque hayas trabajado 40 años en la empresa. El máximo son 24 mensualidades para contratos nuevos y 42 para los antiguos.

Eso sí, no te líes con los meses y días. Hay que calcular la proporción exacta, porque dejar una empresa en agosto o en diciembre puede cambiar la cuenta por cientos de euros.

Por tanto, es fundamental tener claro el salario regulador real, que incluye incentivos fijos y pagas extra prorrateadas. Si tienes dudas, puedes ver ejemplos claros en nuestra guía sobre cómo calcular pensión jubilación fácilmente.

Indemnizacion por despido

Así se aplica la doble escala: ejemplos y trucos

Imagina un contrato de 2005. Hasta 2012, los años cotizan a 45 días. Desde 2012 hasta el despido, a 33 días. Por tanto, hay que calcular cada tramo por separado y sumarlo. Además, si tu indemnización supera el límite legal, solo te pagan el tope. Si llevas 30 años, no cobras más que si llevas 28, porque el máximo son 42 mensualidades en el tramo antiguo.

Esta doble escala es la razón por la que dos compañeros con igual salario pero distinto año de entrada pueden cobrar cantidades muy diferentes. No compensa esperar años para cobrar más: el tope te corta cualquier ventaja extra.

En concreto, si tienes un contrato firmado el 10 de febrero de 2012 y te despiden en 2026, solo unos días de diferencia hacen que tengas derecho a 45 días por año en el primer tramo. Es un matiz legal que puede suponer más de 2.000 euros de diferencia si tu salario supera los 2.000 euros al mes.

Por eso, siempre que tu contrato sea anterior a febrero de 2012, revisa bien tus años y meses exactos antes de firmar nada.

Año de inicio contrato Años hasta 12/02/2012 Años desde 13/02/2012 Días por año hasta 2012 Días por año después Tope mensualidades
2008 4 14 45 33 42
2013 0 13 — 33 24
2025 0 1 — 33 24
2012 0,1 14 45 33 42
1990 22 16 45 33 42
2018 0 8 — 33 24

Cuánto cobras realmente: un caso práctico con números

Pongamos el ejemplo real de Marta. Su contrato empezó el 1 de enero de 2008 y el despido llega el 1 de septiembre de 2026. Ha trabajado 18 años y 8 meses. Su salario es de 2.000 euros al mes en 12 pagas, es decir, 24.000 euros al año. El salario diario es 65,75 euros (24.000 / 365).

  • Primer tramo: Desde 01/01/2008 a 12/02/2012 son 4 años, 1 mes y 12 días. Es decir, 4,12 años completos. Se paga a 45 días por año: 4,12 x 45 = 185,4 días de salario.
  • Segundo tramo: Desde 13/02/2012 a 01/09/2026 son 14 años, 6 meses y 19 días. Eso son 14,56 años. Se paga a 33 días: 14,56 x 33 = 480,48 días de salario.
  • Total días: 185,4 + 480,48 = 665,88 días.
  • Indemnización bruta: 665,88 x 65,75 = 43.768,59 euros.
  • Tope: Para contratos anteriores a 2012, el máximo son 42 mensualidades. 42 x 2.000 = 84.000 euros. Como la indemnización de Marta no supera el tope, cobra los 43.768,59 euros íntegros.

Si el despido fuese procedente, no habría indemnización. Si el contrato de Marta hubiera empezado en 2013, los 18 años cotizarían solo a 33 días, y cobraría mucho menos: 18 x 33 = 594 días. 594 x 65,75 = 39.001,50 euros. Además, el tope serían 24 mensualidades, es decir, 48.000 euros.

Por ejemplo, si Marta hubiera tenido un salario de 2.300 euros en vez de 2.000, el cálculo sería así: 2.300 x 12 = 27.600 euros anuales, 27.600 / 365 = 75,62 euros/día. Entonces, 665,88 x 75,62 = 50.378,44 euros de indemnización bruta. Pero si el tope son 42 mensualidades, 42 x 2.300 = 96.600 euros, así que cobraría la indemnización entera.

En cambio, para contratos nuevos, si tu indemnización por despido supera 24 mensualidades, solo cobras hasta ese límite. Por eso, hay casos donde, aunque tengas más antigüedad, el importe final no sube.

De hecho, si tu contrato es parcial o has cambiado de jornada, se ajusta el cálculo al último salario y la antigüedad reconocida.

Cuánto cuesta en total

La indemnización no es lo único que te pagan al salir. Hay que sumar el finiquito, que incluye vacaciones no disfrutadas, pagas extra y otros conceptos pendientes. Por supuesto, el finiquito sí tributa y cotiza.

Por tanto, si te despiden en septiembre y te quedan 10 días de vacaciones, por ejemplo, a 65,75 euros/día, sumarías 657,50 euros más en el finiquito.

Eso sí, si tienes embargos o deudas con Hacienda, la empresa puede retener parte del finiquito, pero nunca la indemnización reconocida legalmente, salvo orden judicial.

¿Y si tienes un contrato temporal?

Aquí la cosa cambia bastante. La indemnización por despido en contratos temporales casi nunca llega a esos importes. Por finalización de contrato, solo te corresponden 12 días por año trabajado. No hay tramos, ni doble cálculo. Si te despiden antes de tiempo pero no es improcedente, tampoco aplica la indemnización de 33 o 45 días, salvo que lo reclame un juez.

Por ejemplo, si has trabajado 2 años con un salario de 1.500 euros al mes, la indemnización es: 2 años x 12 días x 49,32 euros (salario diario) = 1.183,68 euros. Y ya está.

En cualquier caso, si el contrato es por obra o servicio, el máximo legal no pasa de 12 días por año, aunque el convenio diga otra cosa, salvo que lo mejore.

Eso sí, si la empresa encadena contratos temporales de forma fraudulenta, puedes reclamar como indefinido y entonces accederías a la indemnización superior.

En concreto, si firmas varios contratos con la misma empresa y misma función por más de 24 meses en un periodo de 30, te pueden reconocer fijo. Entonces, la indemnización ya sería de 33 días por año.

Hacienda y Seguridad Social: fiscalidad de la indemnización

La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el tope legal (24 o 42 mensualidades, según el caso). Si te pagan más, la parte extra sí tributa. Por tanto, si tu empresa intenta darte una cantidad mayor para compensar, cuidado: la Agencia Tributaria puede pedirte que declares la diferencia y pagues impuestos por ella. Aquí puedes consultar más sobre cómo tributan los ingresos extra en la Agencia Tributaria.

En cambio, la indemnización por despido nunca cotiza a la Seguridad Social. No suma para jubilación ni para paro. Si tienes dudas con tus años cotizados reales, puedes revisar tu vida laboral aquí: Informe vida laboral: cómo leerlo y detectar errores clave.

Es más, si tienes derecho al paro después del despido, la base de cotización se calcula solo con el salario, no con la indemnización.

Por tanto, aunque recibas una indemnización alta, no aumenta tu pensión futura ni tu derecho a subsidios.

Cuándo no compensa reclamar la indemnización por despido

No siempre te interesa pelear por una indemnización. Si la empresa te ofrece el máximo legal o si el despido es objetivo y justificado, lo normal es que alargar el proceso solo aumente tus costes jurídicos. Además, si tienes menos de un año trabajado, la indemnización es muy baja y los gastos pueden comérsela entera.

Tampoco compensa si la empresa demuestra el motivo disciplinario y el juez lo reconoce. Aquí no hay indemnización. El SEPE tiene en cuenta el motivo de despido para el paro, pero eso es independiente de la indemnización. Y recuerda: si firmas un finiquito sin revisar, es casi imposible reclamar después.

Por ejemplo, en despidos por bajo rendimiento acreditado o ausencias justificadas, ganar en juicio es muy difícil. Por eso, conviene valorar el coste/beneficio antes de iniciar acciones.

En concreto, si la diferencia entre lo que te ofrecen y el máximo legal es menor a 1.000 euros, rara vez compensa ir a juicio, ya que los gastos pueden superar ese importe.

Otros puntos clave: antigüedad, salario regulador y especiales

El cálculo de la indemnización por despido depende de la antigüedad. No cuentan los periodos de baja voluntaria, excedencia o ERE anterior. Solo años y meses cotizados de forma efectiva. Si tienes varias categorías o cambios de jornada, se calcula sobre el último salario regulador, incluidas pagas extra prorrateadas.

Para casos especiales como despido colectivo, el cálculo cambia y puede haber pactos superiores en convenio. Pero, salvo que el convenio mejore la cuantía, nunca puedes cobrar menos que el mínimo legal.

En realidad, si tienes reconocida una discapacidad superior al 33 %, hay convenios que mejoran la indemnización. Así que revisa tu convenio y consulta si existen mejoras aplicables en tu empresa.

Por supuesto, si te despiden estando de baja médica, la indemnización es la misma. Pero, el despido puede ser declarado nulo si se demuestra discriminación por enfermedad.

Comparativa rápida: ¿cuánto pierdes según el año de inicio?

Contrato iniciado en… Años trabajados Salario mensual (14 pagas) Indemnización máxima posible (€) Tope mensualidades
2010 16 1.700 35.488 42
2015 11 1.700 20.515 24
2024 2 1.700 3.667 24
2000 26 2.100 65.100 42
2019 7 1.200 9.240 24
2023 3 2.000 5.445 24

Como puedes ver, los contratos antiguos salen mucho mejor parados. Pero, si tu indemnización por despido supera el tope, lo pierdes. No hay forma legal de cobrar más por esos días de antigüedad extra.

Por ejemplo, aunque hayas trabajado 30 años y la suma de días supere las 42 mensualidades, solo cobrarás hasta ese máximo. El cálculo es automático y la empresa nunca puede pagarte más sin que Hacienda reclame la diferencia.

¿Cuánto sería tu caso? Calcula tu indemnización por despido aquí

¿Cuánto puedes ahorrar al mes?

Resta tus gastos a tus ingresos y descubre tu margen real de ahorro.

—
En un año—
Tasa de ahorro—
Fondo de emergencia (6 meses)—
Ver todas las calculadoras →

Preguntas frecuentes sobre la indemnización por despido

  • ¿Qué pasa si me despiden sin carta? Sin carta de despido, puedes reclamar improcedencia. Pero necesitas pruebas de la relación laboral y antigüedad.
  • ¿Y si me ofrecen menos dinero? No aceptes ni firmes el finiquito sin revisar el cálculo. Si renuncias por escrito, es difícil revertirlo después.
  • ¿La indemnización por despido cuenta para el paro? No. El paro depende del tiempo cotizado y del motivo de despido, no de la cuantía de la indemnización. Puedes revisar cómo funciona el cálculo en otros temas, como cómo calcular pensión jubilación fácilmente.
  • ¿Puedo tributar menos si cobro la indemnización en varios años? No. El IRPF solo exonera el importe máximo. El resto tributa, aunque lo cobres a plazos.
  • ¿La indemnización por despido la paga la empresa o el Estado? La paga siempre la empresa, salvo insolvencia. Si la empresa cierra, el FOGASA cubre parte, pero con límites más bajos.
  • ¿Qué indemnización me corresponde si el despido es nulo? Ninguna. Deben readmitirte y pagarte los salarios de tramitación, no una indemnización.
  • ¿Afecta la indemnización por despido a mi pensión? No. La indemnización es un pago único, no cotiza y no suma para la Seguridad Social ni para los años cotizados jubilación.
  • ¿Qué ocurre si la empresa no paga la indemnización? Si la empresa no paga, puedes reclamar ante el SMAC y, si sigue sin cumplir, acudir al juzgado. Finalmente, si hay insolvencia, FOGASA cubre hasta 30 días por año y máximo 24 mensualidades.
  • ¿La indemnización por despido se puede embargar? No, salvo que exista sentencia judicial por impagos de pensión alimenticia o similar. En general, la indemnización reconocida por ley es inembargable hasta el mínimo legal.
  • ¿Qué ocurre si me despiden estando de baja? El despido puede ser nulo si es discriminatorio. Por eso, conviene consultar con un abogado laboralista en estos casos.
  • ¿Puedo cobrar indemnización y paro a la vez? Sí, siempre que el despido sea objetivo o improcedente y tengas derecho al paro. La indemnización no afecta a la cuantía ni al plazo del subsidio.

Fuentes

Revisado el 8 de octubre de 2026. Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento de un profesional.

Escrito por

Cristian Soto es el creador y autor de Guía Financiera, un sitio independiente de educación financiera en español. Escribe sobre ahorro, presupuesto familiar, créditos e hipotecas, seguros e inversión para principiantes, y programa las calculadoras y los diagramas que acompañan a cada guía. Cada artículo parte de las mismas tres reglas: las cifras se contrastan con fuentes oficiales (Banco de España, BOE, la Agencia Tributaria o el emisor del producto), los ejemplos llevan números completos para que se puedan rehacer con una calculadora, y cuando un dato cambia con el tiempo o depende de cada entidad, se dice en el propio texto en lugar de darlo por fijo. Guía Financiera no vende productos financieros, no gestiona el dinero de nadie y no ofrece asesoramiento personalizado. Es material divulgativo: para decidir sobre un caso concreto hace falta un profesional colegiado que conozca la situación completa. Si detectas un error o un dato desactualizado, escribe a contacto@guiafinanciera.pro y se corrige.

Deja un comentario