Prestación por desempleo: cuánto vas a cobrar y durante cuánto tiempo

Cuando pierdes el trabajo, la primera pregunta suele ser la misma: ¿cuánto voy a cobrar y durante cuánto tiempo? Y la respuesta que encuentras casi siempre es un porcentaje suelto que no te dice nada, porque el cálculo real depende de tus últimos meses cotizados, no de tu último sueldo.

En esta guía te explicamos cómo se calcula la prestación por desempleo paso a paso, para que puedas estimar tu caso con tus propios números y planificar con antelación en lugar de esperar a ver qué llega.

Primero: qué tipo de prestación te corresponde

No todo el mundo cobra lo mismo, y conviene distinguir desde el principio:

  • Prestación contributiva (el «paro»): la que has generado cotizando. Depende de lo cotizado y es la que más cobra.
  • Subsidio por desempleo: una ayuda de cuantía fija, para quien no reúne el mínimo cotizado o ya agotó la contributiva.

Esta guía se centra en la contributiva, que es la que genera más dudas.

Requisito de entrada: 360 días cotizados

Para tener derecho a la prestación contributiva necesitas haber cotizado por desempleo al menos 360 días dentro de los últimos 6 años. Si no llegas, la vía es el subsidio.

Además, la situación debe ser legal de desempleo: si te vas voluntariamente, en principio no generas derecho a cobrar (con excepciones concretas). Esto es clave antes de firmar una baja voluntaria.

Cuánto tiempo vas a cobrar: la regla del tercio

La duración es la parte más fácil de calcular: cobras un tercio del tiempo que has cotizado.

Tiempo cotizadoDuración de la prestación
360 – 539 días (1 a 1,5 años)120 días (4 meses)
540 – 719 días180 días (6 meses)
720 – 899 días (2 años)240 días (8 meses)
1.080 días (3 años)360 días (12 meses)
1.620 días (4,5 años)540 días (18 meses)
2.160 días o más (6 años)720 días (24 meses, el máximo)

El tope son dos años, por mucho que hayas cotizado más. Y solo cuenta el tiempo que no hayas «consumido» ya en prestaciones anteriores.

Tramitando la prestación por desempleo
Tienes 15 días hábiles para solicitarla: los días que dejes pasar no se recuperan.

Cuánto vas a cobrar: la base reguladora

Aquí está la parte que casi nadie entiende, y la que explica por qué tu paro no es un porcentaje de tu nómina.

La cuantía se calcula sobre tu base reguladora, que es el promedio de tus bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días trabajados (sin contar horas extra).

Dos consecuencias prácticas importantes:

  • No es tu sueldo neto ni tu bruto: es tu base de cotización, que puedes ver en tu nómina. Te explicamos dónde encontrarla en nuestra guía sobre cómo leer tu nómina línea por línea.
  • Solo cuentan los últimos 6 meses. Si en ese periodo trabajaste a jornada reducida o con base baja, tu prestación bajará aunque antes cotizaras mucho más.

Los tramos de porcentaje

Sobre esa base reguladora se aplica un porcentaje que disminuye con el tiempo: se cobra más los primeros meses y menos a partir de cierto punto. Los porcentajes concretos se han modificado en distintas reformas, así que consulta el vigente en la sede del SEPE antes de hacer cuentas definitivas.

Los topes: el detalle que descoloca a mucha gente

Tu prestación no puede ser ni menor ni mayor que unos límites, calculados a partir del IPREM (el indicador público de renta de referencia) y de si tienes hijos a cargo.

Por eso ocurre algo que sorprende: dos personas con sueldos muy distintos pueden cobrar el mismo paro, si ambas superan el tope máximo. Cuanto mayor es tu salario, mayor es la caída porcentual respecto a lo que ganabas.

Estima tu situación con números reales

Antes de que llegue la primera nómina del paro, calcula cuánto puedes sostener con esa cantidad:

¿Cuánto puedes ahorrar al mes?

Resta tus gastos a tus ingresos y descubre tu margen real de ahorro.

—
En un año—
Tasa de ahorro—
Fondo de emergencia (6 meses)—
Ver todas las calculadoras →

Los plazos: no los dejes pasar

Tienes 15 días hábiles desde el fin de la relación laboral para solicitar la prestación. Si te retrasas, pierdes los días transcurridos: no te los pagan después.

La solicitud se hace en el SEPE, por internet con certificado o Cl@ve, o pidiendo cita presencial. Ten preparados tu DNI, el certificado de empresa y el número de cuenta.

5 errores que cuestan dinero

  1. Firmar una baja voluntaria sin saber que, salvo excepciones, no genera derecho a paro.
  2. Solicitarlo fuera de plazo y perder días de cobro.
  3. No comunicar cambios (empezar a trabajar, salir al extranjero, cambio de domicilio). Puede provocar la suspensión y la obligación de devolver lo cobrado.
  4. Olvidar la renovación de la demanda de empleo en las fechas indicadas.
  5. No revisar el certificado de empresa: si las bases que comunica tu empresa están mal, tu prestación saldrá mal calculada. Compáralo con tus nóminas.

Qué hacer el primer mes sin trabajo

  • Solicita la prestación de inmediato, dentro del plazo.
  • Recalcula tu presupuesto con la nueva cifra, no con la antigua. Ajusta ya, no cuando se acabe el colchón: revisa nuestra guía del presupuesto personal.
  • Habla con tus acreedores antes de fallar un pago. Si prevés apuros, lee qué hacer si no puedes pagar una cuota.
  • Revisa gastos fijos: seguros, suscripciones y suministros son lo primero que se puede renegociar.

Caso práctico: el tope que recorta la prestación antes de cobrarla

Los datos

Persona sin hijos a cargo, con tres años cotizados y una base media de cotización de 2.100 € en los últimos 180 días. Hace el cálculo de la fórmula y le sale una cifra; luego se aplica el tope y le sale otra bastante menor.

  • Base media de los últimos 180 días2.100 € al mes
  • Base reguladora diaria70 €
  • Días cotizados1.080 (tres años)

La cuenta

Primeros 180 días, al 70 %: 70 × 0,70 × 30 = 1.470 € al mes.
Pero el tope sin hijos es el 175 % del IPREM más un sexto: 700 × 1,75 = 1.225 €.
A partir del día 181, al 60 %: 70 × 0,60 × 30 = 1.260 €, que también queda topado.
Duración: 1.080 / 3 = 360 días, doce meses.

El tope se lleva 245 € al mes desde el primer día. Es la sorpresa más habitual de la prestación: quien tenía un sueldo medio-alto descubre que el porcentaje del 70 % nunca llega a aplicarse del todo. Y sobre esa cantidad todavía se descuentan la cotización del trabajador y la retención de IRPF, así que lo que se ingresa es aún menor.

Resultado: 1.225 € brutos al mes en lugar de 1.470 €, durante doce meses. Los topes se calculan sobre el IPREM, que se fija cada año en los Presupuestos Generales del Estado, y suben si hay hijos a cargo. Consulta la cifra vigente y tu vida laboral en la sede del SEPE antes de hacer cuentas, y recuerda el plazo: quince días hábiles desde el cese para solicitarla.

Preguntas frecuentes

¿El paro cotiza para la jubilación?

Durante la prestación contributiva se sigue cotizando por jubilación, aunque el SEPE asume la mayor parte. En los subsidios las reglas son distintas y más limitadas.

¿Puedo trabajar mientras cobro el paro?

Con un empleo a tiempo completo la prestación se suspende; con uno a tiempo parcial puede compatibilizarse reduciéndose proporcionalmente. En ambos casos hay que comunicarlo, siempre.

¿Y si me despiden estando de baja médica?

Es una situación con reglas específicas según el tipo de baja. Merece consulta con un profesional o con el propio SEPE: no te guíes por lo que le pasó a un conocido.

¿Puedo cobrarlo todo de golpe para montar un negocio?

Existe la modalidad de pago único para emprender, con requisitos concretos y limitaciones sobre el importe. Infórmate antes de renunciar al cobro mensual.

Los plazos que no puedes perder

Tu prestación depende de dos cosas: cuánto has cotizado (determina la duración, un tercio del tiempo) y tus bases de los últimos 180 días (determinan la cuantía, con topes por IPREM).

Solicítala dentro de los 15 días hábiles, revisa que el certificado de empresa refleje bien tus bases y ajusta tu presupuesto desde el primer mes. Anticiparse es lo que convierte un periodo difícil en uno manejable.

Aviso: contenido informativo y educativo. Las cuantías, porcentajes y requisitos se actualizan periódicamente: confirma siempre los datos vigentes en el SEPE o con un profesional.

Escrito por

Cristian Soto es el creador y autor de Guía Financiera, un sitio independiente de educación financiera en español. Escribe sobre ahorro, presupuesto familiar, créditos e hipotecas, seguros e inversión para principiantes, y programa las calculadoras y los diagramas que acompañan a cada guía. Cada artículo parte de las mismas tres reglas: las cifras se contrastan con fuentes oficiales (Banco de España, BOE, la Agencia Tributaria o el emisor del producto), los ejemplos llevan números completos para que se puedan rehacer con una calculadora, y cuando un dato cambia con el tiempo o depende de cada entidad, se dice en el propio texto en lugar de darlo por fijo. Guía Financiera no vende productos financieros, no gestiona el dinero de nadie y no ofrece asesoramiento personalizado. Es material divulgativo: para decidir sobre un caso concreto hace falta un profesional colegiado que conozca la situación completa. Si detectas un error o un dato desactualizado, escribe a contacto@guiafinanciera.pro y se corrige.

1 comentario

Deja un comentario